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El Consejo de Estado rechaza tutela contra Gustavo Petro por expresión ‘muñecas de la mafia’

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El Consejo de Estado ha rechazado de manera definitiva una tutela interpuesta por el abogado Germán Calderón España y 16 periodistas reconocidas, en la que solicitaban que el presidente Gustavo Petro se retractara de haberlas llamado “muñecas de la mafia”.

La decisión del alto tribunal se dio en segunda instancia y consideró que el abogado Calderón España no estaba legitimado para actuar en este caso. Además, respecto a las demás accionantes, se determinó que la expresión utilizada por el presidente no afectó los derechos fundamentales de ninguna de ellas, dado que el comentario no iba dirigido a una persona en específico y, por lo tanto, no existía un sujeto agredido al cual se le debieran restituir sus derechos.

Fundamentos de la decisión judicial

El fallo del Consejo de Estado indica que, si bien la expresión del presidente Petro puede considerarse un estereotipo estigmatizador, no se trató de una acusación directa contra ninguna de las periodistas que participaron en la acción de tutela ni contra todas las mujeres que ejercen el periodismo en Colombia.

“Es preciso indicar que la expresión que utilizó el primer mandatario, en el contexto específico y particular en el que la emitió y que fue analizado, no tuvo la entidad de vulnerar derechos fundamentales de las accionantes, pues a pesar de que constituye un estereotipo estigmatizador, no consistió en señalamientos en contra de personas específicas que integran la parte tutelante”, se lee en la decisión.

El contexto del discurso presidencial

El Consejo de Estado también tuvo en cuenta el contexto en el que Petro pronunció la frase que desató la controversia. En su discurso del 30 de agosto de 2024, el presidente habló sobre la conformación de la terna para la Defensoría del Pueblo, asegurando que el objetivo principal era resaltar el papel de la mujer en la sociedad colombiana.

“La Sala observa que el señor presidente de la República, durante el discurso del 30 de agosto de 2024, en términos generales, precisó que la finalidad que tuvo al conformar una terna de mujeres fue la de fortalecerlas; reconoció la lucha que estas han tenido que afrontar, y manifestó la importancia y el impacto positivo en la sociedad colombiana que, en su concepto, genera que una mujer sea designada como defensora del pueblo por primera vez”, concluyó el tribunal.

Negada la solicitud de asistencia a taller de libertad de prensa

Otra de las solicitudes de la tutela consistía en que el presidente Petro asistiera a un taller sobre libertad de prensa. Sin embargo, el Consejo de Estado también denegó esta petición. Los magistrados argumentaron que la Directiva 07 de 2024, expedida por el mismo presidente, ya contempla los lineamientos necesarios en los apartados “prevención de la estigmatización” y “garantías para la libertad de expresión y el respeto a la libertad de prensa”.

Esta decisión marca un precedente sobre el alcance de la libertad de expresión de los mandatarios y la protección de los derechos de los comunicadores. ¿Será este un llamado a redefinir los límites del discurso político en el país?

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